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El mercado laboral suma 85.735 empleados en el mejor febrero desde 2015

 

La Seguridad Social ganó 85.735 afiliados (+0,4%) en febrero hasta los 19.250.229 afiliados, su mayor volumen de afiliados en un mes de febrero dentro de la serie histórica y el mayor incremento para este mes desde 2015, cuando ganó casi 97.000 cotizantes, según los datos publicados hoy por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Ministerio de Trabajo y Economía Social. En el último año se han creado 361.757 empleos, con un ritmo de crecimiento anual del 1,92%, en el primer repunte de esta tasa desde abril de 2019.

 

 

El Gobierno elevará un 2.8% la base máxima de cotización a las empresas.

 

La base más alta del sistema, que ya se aumentó un 7% en 2019, queda desde el de abril en 4.184,10 euros al mes.

La presión por cumplir con los objetivos de estabilidad en un contexto de fuerte aumento del gasto público decanta de nuevo al Gobierno por elevar los impuestos al empleo y, por tanto, los costes a las empresas en un momento de fuerte desaceleración de la actividad y de caída de ventas. Un escenario agravado por las mayores trabas administrativas generadas por el registro horario y las amenazas de hacer más rígido el marco de relaciones laborales que diseñó la reforma laboral de 2012.

 

 

El Supremo aclara que los días por asuntos propios no son recuperables

 

El alto tribunal considera que deben computar como tiempo eficazmente trabajado

Los días de asuntos propios ofrecidos por la empresa no deben ser posteriormente recuperados, sino que computan como efectivamente trabajados. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en una sentencia en la que reconoce el derecho del personal laboral de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS) a no recuperar este tiempo al considerar que, de no ser así, «supondría un exceso de jornada con respecto al acuerdo suscrito».

 

 

No ir a trabajar por estar en cuarentena se abonará como baja médica.

 

La Seguridad Social toma la decisión tras el aislamiento aplicado a los trabajadores del hotel de Tenerife.  La Seguridad Social reconocerá esta ausencia como si el empleado estuviera de baja médica por incapacidad temporal. Así lo indica el criterio de actuación que ha hecho pública la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en el que se determina que “los periodos de aislamiento preventivo a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia del virus SARS-CoV-2, serán considerados como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común”.

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